¿Un
adminículo como el zapato de tacones altos, que no tiene otro objeto que el
exaltar el empeine y la curvatura del arco del pie, dentro de qué categoría de
valores debe ser incluido? Ese zapato, es, estrictamente un no zapato, es un multiplicador erótico,
estético y sexual. El zapato es por antonomasia aquello que cubre, que protege,
que proporciona comodidad. Evaluada esta definición, el tacón alto, el no zapato no parece en absoluto un
simple valor de uso, sino que parece más bien estar destinado a los
intercambios eróticos, como si se tratara de una suerte de moneda con la cual
se procura obtener el más preciado de los valores de uso: el disfrute erótico. Etiquetas: INTERCAMBIO ERÓTICO, TACOS ALTOS, VALOR DE USO
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